Modelo 200: ¿Cómo liquidar el Impuesto de Sociedades?

impuesto de sociedades
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El Modelo 200 es una declaración tributaria obligatoria en España para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Este impuesto grava los beneficios obtenidos por las entidades jurídicas durante su ejercicio fiscal.

Presentar correctamente este modelo es crucial para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.

 

¿Qué es el Modelo 200 AEAT?

El Modelo 200 es la declaración (o liquidación) del Impuesto sobre Sociedades que deben presentar todas las sociedades y entidades jurídicas residentes en España a Hacienda.

Este modelo refleja los resultados económicos (beneficios) de la entidad durante el ejercicio fiscal (año correspondiente) y se utiliza para calcular el importe del impuesto a pagar o, en su caso, a devolver.

Sobre los beneficios que se reflejen como resultado de este modelo se aplicará, generalmente el 25%.

 

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¿Quiénes deben presentar el Modelo 200?

Están obligados a presentar ante Hacienda este modelo aquellas entidades con residencia en el territorio español y que tengan personalidad jurídica propia. Es decir:

  • Todas las sociedades y entidades jurídicas residentes en España, incluyendo asociaciones y fundaciones.
    • Sociedades mercantiles
    • Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales
    • Fondos de inversión
    • Sociedades agrarias de transformación
    • Uniones temporales de empresas
    • Fondos de capital-riesgo
    • Fondos de pensiones
    • Fondos de regularización del mercado hipotecario
    • Fondos de titularización
    • Fondos de garantía de inversiones
    • Comunidades titulares de montes vecinales
    • Fondos de Activos Bancarios
  • Las entidades no residentes en España con establecimientos permanentes en el país.
  • Las entidades parcialmente exentas, como las entidades sin fines lucrativos, que explicamos a continuación.

 

Exenciones de presentarlo

Parciales

Las entidades sin ánimo de lucro, uniones, federaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores y similares que cumplan con las condiciones siguientes:

  • Que sus ingresos totales no superan los 100.000€ anuales.
  • Si sus ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superan los 2.000€ anuales.
  • Todas las rentas no exentas que obtengan están sometidas a retención.

 

Totales

El estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, o el Banco de España, el  Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito, o el Instituto de España entre otros.

 

¿Cuándo se presenta?

El Modelo 200 debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del período impositivo. Es decir:

  • Cierre del período impositivo: 31 de diciembre de 2023.
  • Seis meses posteriores al cierre: del 1 de enero de 2024 al 30 de junio de 2024.
  • 25 días naturales siguientes: del 1 de julio de 2024 al 25 de julio de 2024.

 

Para la mayoría de las empresas cuyo ejercicio fiscal coincide con el año natural, el plazo finaliza el 25 de julio del año siguiente.

 

presentacion

 

Requisitos Previos

Antes de presentar el Modelo 200, asegúrate de tener la siguiente información y documentación:

  • Cuentas anuales aprobadas.
  • Libros contables actualizados.
  • Certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) para la firma electrónica.
  • Clave PIN o sistema Cl@ve PIN, si se va a realizar la presentación por Internet.

 

¿Cómo se rellena?

Una vez nos hemos asegurado de que cumplimos los requisitos previos, podemos empezar a rellenar el modelo. Puedes rellenar el Modelo 200 online accediendo a la página web de la Agencia Tributaria o bien descargar el archivo y rellenarlo a mano.

Como este modelo es muy extenso, en este artículo nos vamos a centrar en la elaboración de la primera página del documento.

 

Identificación

El primer paso al rellenar este modelo es añadir los datos del declarante, periodo impositivo (inicio y fin) y datos del ejercicio.

En el apartado de tipo de ejercicio deberemos indicar:

  • El 1 si los 12 meses del ejercicio coinciden con el año natural.
  • El 2 si los 12 meses del ejercicio no coinciden con el año natural.
  • El 3 si el ejercicio es inferior a 12 meses.

 

Después añadiremos el código CNAE que hace referencia a la actividad que se desarrolla en la empresa, en caso de realizar varias, se deberá indicar la actividad que mayor peso tiene en la empresa.

 

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Caracteres de la declaración

Después de haber cumplimentado los datos de identificación, pasamos al apartado siguiente, en los caracteres de la declaración se deberá marcar con una X los que procedan en la declaración, puedes consultar cada uno de ellos aquí.

Estas claves hacen referencia al tipo de entidad, el régimen que se le aplica, el estado de cuentas, el número de empleados o si pertenece a un grupo fiscal.

 

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Cuentas y grupos

En estos apartados deberás indicar con una X la situación en la que te encuentres como declarante, indicando el estado de las cuentas de balance, estado de cuentas del patrimonio neto y pérdidas y ganancias de la entidad.

Además deberás cumplimentar la cifra media del ejercicio resultante del personal fijo y no fijo de la empresa.

Una vez rellenado este apartado cumplimentaremos también los apartados de grupo fiscal y mercantil, si corresponde.

 

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Pasaremos al apartado de firma del secretario, declarante o representante y redactaremos el nombre y NIF de la persona que está cumplimentando el modelo (en este caso nosotros).

Y como en otros modelos, indicaremos si se trata de una declaración complementaria (en caso de que este documento se trate de una subsanación o corrección de una declaración anterior del mismo modelo en ese mismo ejercicio), añadiendo también en ese caso, el número de justificante de la declaración que estamos corrigiendo.

 

Declaración de los representantes legales

El siguiente apartado de esta primera página del Modelo 200, hace referencia a las personas representantes de la entidad que están entregando el modelo (nosotros), deberemos indicar nuestros datos (porque somos nosotros los que actuamos como representantes si estamos rellenando este modelo) y, en caso de darse la situación, también debemos añadir los datos del resto de representantes.

 

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Documentación adicional a presentar junto al Modelo 200

Debes tener en cuenta que tendrás que presentar, adjuntos al Modelo 200, obligatoriamente los siguientes documentos:

  • El balance de las ganancias y las pérdidas de la empresa.
  • Los impuestos que se han abonado (en relación con la renta positiva que se debe incluir en la base imponible).
  • Las inversiones anticipadas, y del sistema de financiación de la entidad, si estas se realizan con cargo a donaciones futuras (a la reserva de inversiones de Canarias).
  • Documento de ingreso o devolución, una vez cumplimentada la declaración del Modelo 200:

 

    • En los casos en los que el resultado final sea favorable a la empresa, la Sociedad debe solicitar la devolución del exceso mediante el documento de ingreso o devolución, en él se indicará el número de cuenta en el que la empresa recibirá la cantidad correspondiente por transferencia bancaria.
    •  Hacienda tiene el deber de pagar a los seis meses de haber finalizado el plazo de presentación del Impuesto de Sociedades.

 

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Modelo 200 puede resultar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria, que pueden incluir multas por presentación fuera de plazo, omisión de información o errores en la declaración.

Es fundamental cumplir con los plazos y requisitos establecidos para evitar estas sanciones.

 

¿Cómo puedo obtener ayuda o asesoramiento para completar el modelo?

Si necesitas ayuda, puedes hablar con un asesor fiscal o contable, incluso puedes utilizar nuestro software de gestión erp que te ayudará a rellenar el modelo fácilmente, ya que el cálculo de datos es automático.

Y si tienes dudas o encuentras dificultades, es recomendable buscar el asesoramiento de un profesional contable o fiscal.

Si quieres más información sobre otros modelos, puedes revisar otros artículos publicados.

Y si tienes alguna duda, puedes contactar con nosotros.

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