Novedades fiscales 2018
El nuevo año arranca con nuevos proyectos, objetivos, estrategias, planificaciones, … pero también con novedades fiscales que hacen que las pymes tengan que ponerse las pilas si quieren llegar a tiempo para el cumplimiento de sus requerimientos fiscales y contables. Los cambios en la presentación de algunas Declaraciones reducen el margen de tiempo para cotejar los datos que proveedores y clientes presentarán a la Hacienda pública.
Las novedades fiscales 2018 introducen algunos cambios, que, principalmente en el plano de las pymes tienen que ver, fundamentalmente con el plazo de presentación de determinadas Declaraciones informativas.
El modelo 347
Hablamos en primer lugar del modelo 347, uno de los más complejos – o, mejor dicho, de los que más información proporciona a la Agencia Tributaria-. Para presentar correctamente este modelo es necesario facilitar un intercambio de información fluido y poder manejar los datos con suficiente seguridad y agilidad como para no perder demasiado tiempo en este tipo de tareas.
El modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceros. Es obligatorio y se presenta en el mes de febrero del siguiente ejercicio al que se refieran las operaciones que incluye. Así que, no descarto, volver a hablar de este modelo, antes del 28 de febrero, fecha tope para su presentación.
Pero no solo debemos tener en cuenta el modelo 347 para cumplir formalmente con los requerimientos que nos manda Hacienda para este 2018. Si quieres conocer alguno más de los detalles que se deberán tener en cuenta sigue leyendo:
Otros modelos que hay que presentar durante el mes de enero
Al modelo 347 debemos sumar algunos otros que deben tenerse en cuenta desde el punto de vista de la gestión fiscal y contable. De, momento, nos vamos a quedar con los siguientes, aunque, desde luego, no son los únicos:
- 303, también conocido como autoliquidación del IVA y es la diferencia entre lo que cobramos a nuestros clientes y lo que pagamos a nuestros proveedores.
- 130, al que, comúnmente llamamos autoliquidación del pago fraccionado del IRPF y, es, en realidad, un pago a cuenta que se ingresa en la Hacienda pública. Después, si se ha pagado de más, a la hora de calcular el impuesto de la Renta, se ajustarán las cuentas.
- 111 es la declaración trimestral de retenciones a trabajadores, profesionales y/o empresarios. Es decir, es el modelo por el que todos ellos declaran e ingresan las retenciones que han practicado durante el trimestre a todos sus trabajadores, profesionales o empresarios con los que hayan trabajado.
- 115 es el que corresponde a las retenciones por alquileres. Esta declaración sobre la retención de los ingresos a cuenta sobre las rentas o rendimientos que proceden de arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles urbanos puede ser mensual o trimestral. Entre la información que se debe incluir destaca el número de preceptores, la base de las retenciones y los ingresos a cuenta, así como el importe de las retenciones e ingresos a cuentas que ya se hayan realizado durante el período que se presenta.
Llevar la contabilidad al día para ganar tiempo
Las novedades fiscales de 2018, como siempre que se producen cambios en modelos o en formatos o, incluso, en períodos de presentación, implican que las pequeñas y medianas empresas deben ajustarse a los requerimientos que exige la Administración Pública, generalmente, en tiempos de récord. Por eso es tan importante que este tipo de organizaciones cuenten con el apoyo de soluciones tecnológicas eficientes, actualizadas y sencillas de utilizar.
El programa de ayuda de la AEAT mostrará el camino que deberán seguir las pymes para cumplir con sus obligaciones fiscales. Sin embargo, este tipo de organizaciones -como el resto- deberán habilitar el uso de sus aplicaciones de gestión contable para adaptarlas a estos cambios.
Lo que quiero decir es que, el contable o responsable de administración de una pyme deberá estar al tanto de las novedades fiscales que propone la AEAT y asegurarse de que los aplicativos con los que trabaja, están actualizados para responder a los nuevos requerimientos.
Pero también, deberá actualizarse él mismo, sus propios conocimientos y capacidades -a través de la formación adecuada– sobre la materia, primero para que las novedades no le suenen a chino, y, segundo, para aprovechar el máximo potencial que le proporciona su software de gestión contable.
Por lo tanto, mi recomendación al respecto es establecer un modelo de trabajo -si es que aún no lo tiene- en el que se recojan las fechas clave en el calendario, las tareas relevantes y con cumplimiento de fecha tope, las responsabilidades claramente establecidas y, los flujos de trabajo a seguir. Planificar y establecer procedimientos, ayuda a tener las cosas mucho más claras.
Aunque luego tengas margen para la improvisación. En esta recomendación va implícito el consejo más valioso que pueden poner en práctica las pequeñas y medianas empresas en el campo de la gestión contable: hay que llevar la contabilidad al día.
Si, por rutina, se van completando todas las Declaraciones, luego, presentarlas, será mucho más sencillo, porque será suficiente extraer un borrador de las mismas y comprobar que todo está correcto. Una vez comprobado, la Declaración se podrá presentar inmediatamente, a golpe de clic.
Soluciones de gestión contable siempre actualizadas
Lo normal es que, salvo que la normativa introduzca modificaciones sustanciales, los cambios en las soluciones de gestión con las que se trabaje habitualmente sean también sutiles -al menos, a la vista del usuario- otra cosa es, desde el punto de vista de los desarrolladores o programadores. Si me leen, seguro que estarán pensando “¿cambios sutiles?, ¿ha dicho cambios sutileeees? ¡como se nota que es un usuario!”.
Bromas aparte, lo cierto es que, el usuario verá muy pocos cambios en el funcionamiento de su aplicativo. Es más, muy probablemente, el proveedor introducirá las modificaciones necesarias para que la solución se adapte a la normativa, aunque para ello, deba hacer grandes esfuerzos para ajustarse a los plazos tan cortos que propone muchas veces la Administración. Pero, si estamos ante un proveedor de confianza, lo que llaman en realidad un socio tecnológico, será capaz de cumplir con los tiempos y, además, preparar las actualizaciones que correspondan para que el usuario, no interrumpa el día a día de su departamento.
En todo caso, es importante -y da mucha tranquilidad- saber que la herramienta sobre la que se apoya la contabilidad de mi empresa y, con la que trabajo para cumplir con Hacienda -que somos todos- se actualiza para cumplir con las novedades que marca la Administración en apartados como IRPF, IVA, IGIC, Registro Mercantil, etc. Pero, es aún más importante, y da mucha más tranquilidad saber, que el proveedor facilitará las actualizaciones pertinentes para incluir en la solución las funcionalidades necesarias, para que la solución se adapte a las últimas novedades legislativas.
Formación para mejorar el uso de la tecnología
Y, si la solución se actualiza, no está de más que los propios usuarios nos actualicemos, con respecto a los conocimientos y las habilidades que utilizamos en el desempeño de nuestras tareas. En este sentido, me parece interesante que, cada vez que la AEAT introduzca modificaciones, los usuarios nos preocupemos también por conocer cuáles son los cambios, en qué consisten y de qué forma podemos abordarlos con la tecnología que disponemos.
Aprovechando entonces, que hablamos de novedades fiscales 2018, quizá pueda resultarte interesante acudir a un curso o seminario que se imparta sobre este tema. En muchos casos ni siquiera tendrás que desplazarte, ya que la formación online, es cada día más frecuente.
Te pongo un ejemplo: los próximos días 24 y 25 Datisa organiza una sesión formativa para mostrar a sus usuarios cuáles son las novedades fiscales de este ejercicio, y para ayudarles a optimizar el uso de sus aplicativos. La sesión, que será online los dos primeros días, se repetirá en las oficinas de la empresa, para todos aquellos que prefieran la formación presencial.