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Novedades fiscales y tributarias

Índice de contenido

Novedades 2019

De las distintas leyes, reales decretos y órdenes caben destacar las siguientes novedades para el año 2019:

  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Novedades en las normativas.
  • Mejora del sistema de identificación.
  • Novedades Ayuda a la presentación.
  • SII, Suministro Inmediato de Información.

Impuesto sobre Sociedades

Durante el año 2019, se aplican las siguientes novedades respecto al I. Sociedades:

Introducción de varias modificaciones que afectan al incentivo de reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.

  • La regularización de las actividades que se considerarán prioritarias de mecenazgo durante el año 2018.
  • Regularización de los eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público.
  • La incorporación de la opción para que el Estado destine el 0,7 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades para actividades de interés general considerada de interés social.
  • Se considerarán beneficios no distribuidos los destinados a nutrir reservas, excluida las de carácter legal.
  • Regula las inversiones en las que las cantidades destinadas a la RIC deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma.
  • Modifica la deducción por inversiones en Canarias elevándose el límite conjunto sobre la cuota en las islas de La Palma, La Gomera y El Hierro.
  • Modifica los límites de las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas en Canarias.
  • Añade a la Ley 19/1994 (Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias) una deducción de apoyo al emprendimiento y actividad económica aplicables en Canarias.
  • Se incorpora un nuevo art. 94.bis, en la Ley 20/1991 (Modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las entidades que contraten un trabajador para realizar su actividad en Canarias tendrán derecho al disfrute de los beneficios fiscales que por creación de empleo se establezcan por la normativa fiscal conforme a los requisitos que en ella se establezcan, incrementándolos en un 30 por ciento.

En relación con la cumplimentación del modelo 200 de declaración, la principal novedad consiste que a partir del 1 de julio de 2019 el programa de ayuda PADIS ya no estará disponible y será sustituido por un formulario de ayuda (Sociedades web) para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2018.

Novedades en las normativas establecidas en el 2º Semestre 2018

Según la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre incluye, entre otras cuestiones, apartados de interés para los siguientes modelos:

  •  Modelo 347.“La presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas, se realizará durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior”. Se establece por tanto el plazo de presentación para el segundo mes del año de forma indefinida.
  • Modelo 390. Resumen anual.
  • Ámbito subjetivo de exonerados: Para establecer que la realización de actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas no afectará a la exoneración de presentar el modelo 390 cuando se realicen simultáneamente con actividad en régimen simplificado y/o arrendamiento de bienes urbanos.
  • Cuestiones técnicas: (Modificación de diseño del fichero)
    • En el apartado de datos identificativos se elimina la casilla:
      ¿La autoliquidación del último período corresponde al régimen especial del grupo de entidades?
    • En el desglose del IVA deducible se eliminan las casillas:
      Tipos no vigentes y se crea una nueva casilla sobre la base y cuota con el sumatorio de estas.
  • Modelo 303 (Régimen General) y Modelo 322(Grupo de entidades).Se modifica el diseño del fichero para los sujetos pasivos que deben de informar de su volumen de operaciones en la declaración-liquidación correspondientes al último período de liquidación.

Mejora del sistema de identificación de declaraciones informativas

Como en años anteriores se siguen incluyendo  nuevas validaciones en el formulario, en la  importación de ficheros y presentación de los mismos.

Imposibilita la presentación si no están todos los registros correctos, indicando qué registros sonlos incorrectos para proceder a su corrección.

Novedades Ayuda a la presentación

En la presentación de Retenciones del 2019 se actualiza y pública los algoritmos de cálculo, estarán disponibles en la segunda quincena de diciembre de 2018.

Para ayudar al usuario la AEAT sustituye las opciones actuales de consulta de las declaraciones.

Adelanto de la campaña IRPF 2018: Requiere disponer de datos de calidad con anticipación. Para ello la AEAT, no admitirá la introducción de registro erróneo (ni de validación, ni de identificación).

Importante: AEAT recomienda depurar la base de datos de cada empresa poniendo a disposición de los usuarios el Servicio de Identificación Fiscal. No obstante en sus procesos la AEAT realiza mejoras en el proceso de identificación para reducir el número de errores.

SII, Suministro Inmediato de Información

La novedad fundamental respecto al SII es su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2019 se incorpora en Canarias.Con el nuevo sistema de llevanza de libros registro del IGIC basado en el Suministro Inmediato de Información, las empresas enviaran sus registros de facturas a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

Novedades 2018

De las distintas leyes, reales decretos y órdenes caben destacar las siguientes novedades para el año 2018:

  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Presupuestos generales del Estado 2018.
  • Mejora del sistema de identificación.
  • SII, Suministro Inmediato de Información.

Impuesto sobre Sociedades.

De cara al 2018, se establecen las siguientes novedades:

  • Restricción a la deducibilidad tanto de los deterioros como de las pérdidas realizadas en la trasmisión  de participaciones en entidades.
  • Se elimina el régimen de diferimiento que permitía integrar las rentas negativas en base imponible en el momento que se trasmitían a terceros.
  • Regulación de la exención para evitar la doble imposición en el caso de trasmisiones sucesivas de valores homogéneos y de las rentas obtenidas en el extranjero a través del establecimiento permanentes.
  • Deducciones para evitar la doble imposición internacional.
  • Se establece límites de compensación de bases imponibles negativas y activos por impuesto diferido, así como de compensación de cuotas negativas de cooperativas
  • Última campaña con programa de ayuda, el siguiente ejercicio será sustituido por formulario Web

Presupuestos Generales del Estado 2018.

Estos Presupuestos plantean las siguientes cuestiones:

  • Modificación de retenciones: Estas modificaciones afectarán a los colectivos que se encuentren en las siguientes situaciones.
  • Que los rendimientos netos del trabajo en 2018 no superen los 16.825 euros anuales
  • Residentes en Ceuta o Melilla que a lo largo del ejercicio 2018, hayan obtenido rendimientos del trabajo en dichas ciudades
  • Contribuyentes que hayan obtenido a lo largo del ejercicio 2018 rendimientos íntegros anuales no superiores a 22.000 euros y proceda aplicarles el límite establecido en el artículo 85.3 del RIRPF
  • Modificación de los Modelo 202 y 222 (pagos fraccionados del impuesto de sociedades), de cara al 2P del 2018.
  • Modificación apartado 1.a) Para el cálculo de la cantidad mínima a ingresar.
  • Identificación de estas entidades y detalle de las rentas que han resultado exentas

Mejora del sistema de identificación de declaraciones informativas

Incluyen nuevas validaciones en formulario, importación de fichero, presentación por fichero.

Imposibilita la presentación si no están todos los registros correctos, indicando qué registros no están correctos para su corrección.

SII, Suministro Inmediato de Información del IVA

Dos novedades importantes en el Suministro inmediato de información:

  • El SII genera una nueva versión 1.1 a partir del 1 de julio del 2018. Cargado de novedades, a nivel de modificaciones y cambio de denominaciones.
  • Entrada en vigor el SII para las Diputaciones Forales a partir del 1 de enero del 2018.

Que es una factura simplificada

Novedades 2017

De las distintas leyes, reales decretos y órdenes caben destacar las siguientes novedades para el año 2017:

  • Real Decreto-Ley 3/2016 de 2 de diciembre.
  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Impuestos Especiales.
  • Ley General Tributaria.
  • Novedades Ayuda a la presentación.
  • Contabilidad para medianas y pequeñas empresas.
  • SII, Suministro Inmediato de Información.

Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre

Se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

Impuesto sobre Sociedades

Las novedades más representativas del Modelo 200 son:

  • Nueva disposición adicional en la Ley IS (decimoquinta) que establece una limitación a la compensación de bases imponibles negativas y una limitación  a la aplicación de deducciones por doble imposición.
  • Modificación  de la disposición transitoria decimosexta del la Ley IS relativo a la reversión de las pérdidas por deterioro. Los deterioros que resulten deducibles en periodos impositivos anteriores al 2013 y que a partir de esa fecha no lo son. Debe ser objeto de reversión por un importe mínimo anua, de forma lineal durante 5 años.
  • Para periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2017 establece la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades, siempre que se trate de participaciones que hubieran tenido derecho a exención en el caso de obtener rentas positivas.
  • Modificación del Régimen fiscal sobre cooperativas se fijan límites a la compensación de cuotas tributarias negativas para periodos iniciados a partir de 1 de enero 2016
  • Para los periodos que se inician a partir del 1 de enero de 2017, en relación con las SOCIMIS cuando el tramitarte o perceptor sea un contribuyente del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, no será de aplicación la exención del artículo 21 de la Ley IS en relación a las rentas obtenidas.

Impuestos especiales

Incremento del 5% en el Impuesto sobre productos intermedios y en el Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.

En  el impuesto sobre las labores de tabaco, se incrementa el peso del componente especifico frente al componente ad valorem.

Ley General Tributaria

  • Se suprime la exención que permitía el aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta
  • Se introduce otros supuestos de dudas que tampoco pueden ser objeto de aplazamiento:
  •  Las liquidaciones tributarias confirmadas en virtud de resolución firme, que previamente hubieran sido objeto de suspensión.
  • Las derivadas de tributos repercutidos, salvo justificación de que las cuotas no han sido efectivamente pagadas.
  • Las correspondientes a obligaciones tributarias que debe cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados en el IS.

Novedades Ayuda a la presentación

Servicios de Cumplimentación-Validación-Presentación.

Se realiza un cambio en la plataforma de informativas con los siguientes puntos a mencionar:

  • Estas se quedan solo con 4 modelos para este ejercicio: 190, 184, 347 y 349.
  • Los modelos 180,345, 193. Se sacan de la plataforma y se convierte en formularios web, con las mismas funcionalidades que tenían en la plataforma
  • Posibilidad de recuperación de los datos de un inmueble a partir de su referencia catastral, para el nuevo formulario del modelo 180
  • Novedades de la ley 39/2015: forma de relacionarse con las AA.PP, nuevos obligados a hacerlo electrónicamente, y suscripciones a avisos de notificaciones.
  • No habrá PADRE ni Renta como programas instalables. Solo Renta Web, para todos los contribuyentes y todas las plataformas e incluyendo todos los conceptos fiscales.

Contabilidad para pequeñas y medianas empresas

Aprobado Real Decreto 602/2016, de 2 noviembre, publicado  en el Boletín Oficial del Estado del 17 de diciembre.

Simplifica la contabilidad para pequeñas y medianas empresas, en aplicación del Derecho europeo.

Las normas que destacan son las siguientes:

  • Se suprime la obligatoriedad de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto para las empresas que utilicen el modelo abreviado y pymes para el PGC.
  • Las empresas se pueden acoger al modelo pyme si su activo no supera los cuatro millones de de euros, que el importe neto de su cifra anual de negocios no supera los ocho millones, y que el número de trabajadores empleados durante el ejercicio no se superior a 50.
  • Se reduce la información  a incluir en la  en la memoria abreviada. Los cambios afectan a la actividad de la empresa,  aplicación  del resultado,  activo y pasivo financiero, fondos propios, situación  fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos, y operaciones por partes vinculadas.
  • Sobre los inmovilizados intangibles se fija un  plazo de amortización  de diez años cuando su vida útil no pueda estimarse de manera fiable, salvo que exista una  previsión  legal específica distinta ejemplo los gastos de investigación  y desarrollo. Sobre el fondo de comercio incluyen una presunción que admite que éste se recupere de forma lineal  en un  plazo de diez años.

SII, Suministro Inmediato de Información del IVA

El SII es una nueva forma para llevar los libros de registro de impuestos sobre el valor añadido (IVA) a través de la Sede electrónica de la AEAT. Consistente en el suministro electrónico de los registros de facturas. La entrada en vigor de este sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) es el 1 de Julio de 2017.

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