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Para usuarios de DATISA -IVA Intracomunitario y Exportación

Tabla de contenidos

Los impuestos

Hoy hablamos de facturas. Como ya hemos hablado en otros post, en el reglamento de facturación, así como en nuestras obligaciones como empresas a nivel impositivo, existe una enorme complejidad en el número y tipo de impuestos con el que podemos trabajar.

Hoy en nuestro post vamos a tratar como configurar en la aplicación los IVAs relacionados con las operaciones de exportación e importación, dentro y fuera de la comunidad europea y la entrada de facturas relacionadas con ello.

¿Cómo configurar los tipos de impuestos?

Para tener totalmente automatizado las declaraciones es muy importante pensar en una correcta definición de tipo de impuestos.

Cada tipo de Impuesto se definirá con un código, descripción y una fecha.

En esta opción se indica el porcentaje de Iva/Igic y recargo de equivalencia a aplicar, así como establecer la Cuenta contable de cargo para la cuota de facturas recibidas, de cargo y abono para la de intracomunitarias y de abono para la de emitidas

En Cuota deducible deberá indicar el porcentaje para el impuesto (IVA, IGIC y/o Recargo de equivalencia). Si no está sujeto al régimen de prorrata indique 100%. En caso positivo indique el porcentaje que sea deducible.

También deberá indicar las Retenciones a las que esté sometido ese Tipo de impuesto, especificando la Clase de retención, tanto para facturas emitidas como recibidas.

Vamos a ver cómo debemos de proceder al introducir los datos de determinados tipos de facturas.

Que es una factura simplificada

Facturas intracomunitarias 

En estas facturas el IVA se aplica en el país destino y los bienes procedentes de la comunidad no pasan por aduanas, debiendo realizar la repercusión del impuesto el propio cliente.

Las obligaciones fiscales son reflejar la factura en el Libro de Registro de Facturas Recibidas, acumular bases (importe factura) y cuotas repercutidas y las deducibles en las casillas correspondientes de los diferentes modelos. En el asiento contable intervienen las cuentas de IVA/IGIC soportado y repercutido.

Estas operaciones las efectúa automáticamente el programa de DATISA con solo indicar clase C (adquisiciones intracomunitarias) o S (servicios intracomunitarios) al dar de alta la factura. En la ficha del tipo de impuesto se debe indicar ambas cuentas (deducible y repercutido) y el % aplicar.

Con estos tipos de impuesto la aplicación de DATISA genera las autofacturas dando la posibilidad de imprimir el libro de registro de autofacturas.

Facturas de importación

Estas facturas son extracomunitarias y no están sujetas a impuestos.

Regístrelas con la clase M (importaciones proveedores) para beneficiarse de todas las posibilidades de operatoria de nuestros programas. El tipo debe de ser 0%.

Este tipo de facturas viene acompañado de la correspondiente factura del agente de aduanas que pasamos a explicar a continuación.

Facturas de agentes de aduanas

Cuando se recibe una factura de importación, es habitual recibir también una factura de un Agente de Aduanas donde se refleja, entre otros conceptos, el impuesto que el producto adquirido en el extranjero tiene en nuestro país, sus honorarios y unos  suplidos exentos de impuestos.

Para registrar estas facturas debe detallar las bases y los tipos de impuesto correspondientes a cada concepto:

  • Base y cuota correspondiente al bien que se importa: Introdúzcalos con clase de impuestos I (importación agente de aduanas) y porcentaje adecuado (con este tipo de impuesto el programa no sumará la base al total de la factura).
  • Tasas, Aranceles exentas de impuestos: Introdúzcalos con clase P (suplidos y tasas) con porcentaje 0.
  •  Gastos de tramitación: clase D (deducción de operaciones interiores) y tipo ordinario.

Otro campo a tener en cuenta es el DUA (documento único administrativo) es un documento administrativo necesario para el cumplimiento de las formalidades aduaneras requeridas para las operaciones de intercambio de mercancías. Este dato se incluye en la segunda pantalla de la factura en datos del DUA.

Facturas de exportación dentro y fuera de la Comunidad Europea

Las facturas emitidas a países dentro de la Comunidad Europea y a otros que no pertenecen a la misma, son documentos administrativos que genera el vendedor y tiene una función contable y administrativa.

En todas estas situaciones no se repercuten impuestos, pero debe distinguir los diferentes casos para obtener las declaraciones periódicas y anuales automáticamente, las clases son las siguientes:

  • E para entregas de bienes a la Comunidad.
  • U si la operación es triangular (en la Comunidad Canaria no se distingue entre Comunidad y otros países).
  • X para exportación a otros países.
  •  T para prestación de servicios (a cualquier país).

Si la facturación la efectúa con GESDA 32 AGE también puede obtener automáticamente la declaración de Intrastat, esta declaración la comentaremos en otro post.

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