La SEPA, zona de pagos único, cada vez más cerca

El pasado 20 de diciembre los países de la UE y el Parlamento Europeo acordaban la hoja de ruta para poner en marcha luna zona única de pagos (SEPA, en sus siglas en inglés), un proyecto que ya empezó hace tiempo como ya comentamos en este blog.

shutterstock_117856714El objetivo es que cualquier transacción de cobro y pago realizada dentro de la UE tenga las mismas condiciones de seguridad, los mismos derechos y obligaciones que las que aplican a las nacionales de los estados miembros, desapareciendo la distinción entre pagos nacionales y transfronterizos.

La UE ha dado de plazo a la banca hasta febrero de 2014 para completar la zona única de pagos en euros. Hasta ahora no se había fijado una fecha jurídicamente vinculante para completar la zona única de pagos en euros, lo que supone un paso muy importante para que finalmente este proyecto se haga realidad.

El acuerdo también prevé que se retiren las tasas multilaterales de intercambio a partir del 1 de febrero de 2017 para pagos internacionales y desde el 1 de noviembre de 2012 para pagos transfronterizos.

Impacto en los medios de pago

En su momento ya analizamos las ventajas que aportaba esta área única de pagos dentro de la UE. Ahora analizaremos los sistemas de pago que se han visto impactados basándons en la información del Banco de España:

 

  • Tarjetas: desde enero de 2008 las tarjetas se están adaptando a los estándares propuestos por SEPA. Una de las tecnologías que se ha implementado es el  Chip EMV ya en la mayoría de las tarjetas y el uso del PIN de seguridad. Las tarjetas van a permitir pagar y disponer de efectivo en toda la zona SEPA de la misma forma a la que se permite en cada país
  • Transferencias: también desde enero de 2008 están disponibles Se ha definido como estándar único de identificación el IBAN (International Bank Account Number) a cada cuenta le corresponde un único código que permite identificar el país, la entidad, la oficina y la cuenta.
  • Adeudos directos o Domiciliaciones bancarias: A parte de la firma, como ya se venía haciendo hasta ahora para aceptar la misma. Lo que más cambia es la devolución de los adeudos en varios puntos:
  1.  El mencionado plazo máximo de 13 meses para solicitar la rectificación de operaciones incorrectas o no autorizadas.
  2.  El consumidor dispone de 8 semanas para devolver recibos autorizados,  siempre que, cuando se dio la autorización, esta no especificase el importe exacto y dicho importe supere el que el ordenante podía esperar razonablemente.

El plazo para que su entidad le devuelva los cargos o rechace la devolución es de 10 días hábiles.

Concluyendo

Muchos expertos, han interpretado la aprobación de esta última normativa, como un apoyo explicito al euro por parte de la UE, en estos momentos tan complicados.

Desde nuestro punto de vista, su puesta en marcha nos parece positiva, ya que facilitará las transacciones entre estados, no sólo a los particulares, sino también a las pymes lo que les posibilitará ampliar su mercado dentro de la Unión.

Por otro lado, reapecto a las implicaciones en  los módulos financieros de los ERP´s, los fabricantes, estaremos atentos a cualquier modificación que surja y que afecte a los programas, para que los usuarios se puedan beneficiar de estas cuanto antes.

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