El 1 de enero de 2.014 ha entrado en vigor un nuevo impuesto que grava la adquisición de gases fluorados de efecto invernadero, frecuentemente utilizados como refrigerantes en múltiples equipos e instalaciones, tan comunes como los aires acondicionados. Se verán afectados, por tanto, consumidores finales, empresas que utilicen dichos gases para sus procesos productivos, para reparaciones y/o recargas de instalaciones…
El Real Decreto 1042/2013 de 27 de diciembre desarrolla la aplicación de la Ley 16/2013 de 29 de Octubre y regula la aplicación de dicho impuesto y exige la adecuada gestión de la tasa asociada. Esta tasa dependerá entre otras cosas de la potencialidad como contaminante del gas, de la cantidad utilizada,… Además se establece un periodo de adaptación gradual de 2 años sobre la tasa hasta llegar al 100% de aplicación (los 2 primeros años está exenta en un 66 y un 33% respectivamente).
Ámbito de aplicación y operativa
Este es un impuesto que paga el consumidor final, pero todos aquellos agentes intermedios, están obligados a pagarlo y cobrarlo en sus transacciones. Por ejemplo, el proveedor del gas de recarga del aire acondicionado le cobra la tasa al taller al que le suministra el mismo y este taller cobrará al cliente final la tasa correspondiente a la recarga del circuito de A/A de su coche.
Deberá esta tasa, por tanto, ser tenida en cuenta tanto para compras como para ventas y figurar además en línea separada junto con los siguientes datos:
– Cantidad recargada de gas en kg.
– El Epígrafe correspondiente al gas utilizado (consultar Artículo 5 apartado 11 de la Ley)
– Importe del impuesto soportado
Gestiona la nueva tasa con DATISA
En sectores, como por ejemplo el de talleres, donde se trabaja de forma conjunta con las tasas de aceites industriales y neumáticos fuera de uso, se hace imprescindible incluir una tercera tasa, la de gases refrigerantes, que trabaje de forma simultánea. Para ello, en la nueva versión de DATISA, se ha habilitado la posibilidad de gestionar un tercer tipo de tasa.
Seleccionando dentro de Definiciones de empresa…Datos facturación…Repercusión tasas en el campo “Tipo de tasa” la opción “Varias” podemos trabajar de manera simultánea hasta con 3 de ellas, pudiendo seleccionar para cada una de ellas, distintas cuentas de abono y cargo junto con una descripción genérica de la tasa.
El siguiente paso sería indicar a la aplicación qué artículos están sometidos a la gestión de una tasa y cuál de ellas.
En caso de necesitar trabajar con varias tasas a la vez, para diferenciar a que tasa está sujeto cada artículo se utiliza el campo “Características” de su ficha, de tal modo que habrá que indicar [AIU] para la tasa de reciclaje de aceites industriales usados y [OTS] para la gestión de la tasa de gases fluorados. La gestión de la tasa para los neumáticos fuera de uso no hace necesario indicar nada en dicho campo para diferenciarlos.
La asignación de los costes asociados a las tasas se puede realizar de 2 maneras:
- La manera más óptima y que nosotros recomendamos es la utilización de “artículos-tasa”, de tal manera que será en cada uno de éstos donde indicaremos el valor unitario de la tasa en una tarifa específica creada para ello. En la segunda pantalla de la ficha del artículo donde se vinculará cada artículo (por ejemplo, el gas fluorado) con su “artículo-tasa” (en el ejemplo T-GF). Operando de esta manera, cuando cambie el coste de la tasa, únicamente habrá que actuar sobre los precios de los “artículos-tasa” asociando para la nueva fecha los nuevos costes de la tasa en una nueva tarifa. Así, en función de la fecha del documento, nos aseguramos la correcta aplicación de la tasa para cada artículo. Una ventaja adicional es que podemos indicar en la descripción del “artículo-tasa” la descripción de la tasa, la normativa a la que hace referencia, etc…de tal manera que será esta información la que se imprima en los documentos
- La otra opción para indicar el coste de la tasa es indicar para cada artículo (neumático, aceite o gas fluorado), en el campo “Coste tasa/ud” el valor en euros de la misma. El inconveniente esta manera de trabajar es que si cambia el coste de la tasa se tendrá que modificar para todos los artículos los valores indicados en “Coste tasa/ud” y se pierde la opción de que la aplicación en función de la fecha del documento, calcule correctamente la tasa a aplicar, sólo aplicará la indicada en la ficha del artículo…
Independientemente de la opción elegida para la gestión de las tasas, una vez finalizada la configuración de estos datos, los documentos (albaranes, facturas…) incluirán automáticamente la información relativa a las tasas a la que obliga la legislación sin necesidad de modificar la configuración de los mismos.